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jueves, 9 de septiembre de 2021

PERIODICIDAD DEL IVA

 👀  Periodicidad del IVA‼  👀

🔴Bimestral Pará aquellos responsables del IVA, grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos Ingresos sean iguales o superiores a 92.000 UVT al 31 de diciembre del año gravable anterior

🔴Cuatrimestral Pará aquellos responsables del IVA sean personas naturales o jurídicas que sus ingresos sean inferiores a 92.000 UVT, al 31 de diciembre del año gravable anterior.

🔴Anual Pará los contribuyentes que hayan optado por tributar bajo el régimen simple, de acuerdo al Art. 915 del E.T.



💡Por lo anterior, incurrir en error en el período de presentación, se debe aplicar el parágrafo 2 del Art. 1.6.1.6.3 del decreto 1625 del 2016👉 Ver Infografia 👇

💡De acuerdo a este artículo, se debe presentar nuevamente la declaración considerando que los valores pagados con la anterior podrán ser tomados como un abono al saldo a pagar.

Fuente: Actualicese



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