Concepto 563 de 2021 CTCP
“Llevo 4 años solicitando la explicación concreta de la diferencia que se presenta entre la contabilidad de la empresa y las obligaciones bancarias por más de $190.000.000 de pesos; solicité a la persona encargada de tesorería, me elaborara las conciliaciones respectivas y no ha sido posible.
Me presenta conciliaciones con solo el extracto del
banco y el formato de conciliación sin el auxiliar que me permita ver con
claridad ¿cuál ha sido el movimiento de cada extracto?
En algunos casos presenta las conciliaciones sin el
extracto, sin el auxiliar pero con el movimiento, arrancando el saldo en libros
en cero.
Con lo anteriormente expuesto, la pregunta es: ¿Cuáles
son los documentos o soportes que se deben adjuntar para una conciliación
bancaria?”
CONSIDERACIONES Y
CONCEPTO
El
Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo
Orientador técnicocientífico de la profesión y Normalizador de las Normas de
Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información,
conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo dispuesto en la
Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede
a dar respuesta a la consulta anterior de manera general, pues no se pretende
resolver casos particulares, en los siguientes términos:
La forma de elaborar las conciliaciones bancarias,
dependerá de las normas de control interno existentes en la entidad, lo que
podría incluir, a modo de ejemplo, lo siguiente:
·
Copia del extracto de la entidad financiera, cooperativa, fondo común ordinario
o similar, correspondiente;
· Copia del auxiliar correspondiente a la
cuenta contable donde se detalle el movimiento del producto financiero;
· Documento donde se relacionan las
partidas no registradas, tanto en libros de contabilidad, como en el extracto
de la entidad financiera o similar.
No obstante, pueden existir otras formas y documentos
que se consideran pertinentes para realizar la conciliación bancaria. También
puede suceder en algunas entidades medianas y pequeñas, que los valores
consignados en el auxiliar contable y lo detallado en el extracto de la entidad
financiera, no tengan diferencias. En estos casos se suele presentar junto con
el extracto, la copia del auxiliar correspondiente donde se detallen los
movimientos y se evidencie que los saldos son similares.
Le invitamos a que consulte los conceptos que este
Consejo ha emitido en consultas similares relacionadas con soportes contables
CTCP números 2021-0002, 2021-0408 y 2020-1166, en el enlace: https://www.ctcp.gov.co/conceptos.
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