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miércoles, 8 de julio de 2020

Capítulo 12 - INGRESOS


Capítulo 12
INGRESOS
Alcance de este capítulo
12.1 Este capítulo se aplicará al contabilizar los ingresos procedentes de las siguientes transacciones:
(a) La venta de bienes,
(b) La prestación de servicios.
(c)Otros ingresos.
 Medición de los ingresos
12.2 Una microempresa incluirá en los ingresos solamente los valores brutos de los beneficios económicos recibidos y por recibir por cuenta propia. Para determinar el valor de los ingresos, la microempresa deberá tener en cuenta el valor de cualesquier descuento comercial, descuento por pronto pago y rebaja por volumen de ventas que sean reconocidas por la microempresa.
12.3 En los ingresos se deben excluir los impuestos sobre bienes y servicios.
12.4 Los ingresos procedentes de la venta de mercancías (o bienes) deben reconocerse cuando la microempresa ha transferido al comprador los riesgos y beneficios sustanciales que van aparejados a la propiedad de esas mercancías.
12.5 Los ingresos procedentes de la prestación de servicios deben reconocerse hasta el grado en que se ha prestado el servicio, considerando de las siguientes alternativas la que mejor refleje el trabajo realizado:
(a) la proporción de los costos incurridos por el trabajo ejecutado hasta la fecha, en relación con los costos totales estimados. Los costos incurridos por el trabajo ejecutado no incluyen los costos relacionados con actividades futuras, tales como materiales o pagos anticipados.
(b) inspecciones del trabajo ejecutado.
(c) la terminación de una proporción física de la transacción del servicio o del contrato de trabajo.
12.6. Los otros ingresos corresponden a aquellos que cumplan la definición de ingresos contenida en el párrafo 2.18 a), diferentes de la venta de bienes y la prestación de servicios. Su medición inicial se hará con referencia al valor de la contrapartida recibida o por recibir.

Presentación de los estados financieros
12.7 Una microempresa presentará sus ingresos conforme lo descrito en los numerales 5.2 de esta norma.

Información a revelar
12.8 Los ingresos por la venta de bienes y prestación de servicios se revelarán por separado en el estado de resultados.

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